Angela Boldea Immigration
Patrocinio
Los ciudadanos canadienses y los residentes permanentes pueden patrocinar a un esposo/a o pareja de hecho, un hijo/a dependiente, o a sus padres y abuelos para que obtengan la residencia permanente, siempre que tanto el patrocinador como la persona patrocinada cumplan con requisitos específicos.

Sobre el Servicio
Para patrocinar a un esposo/a o pareja, el patrocinador debe tener al menos 18 años, residir en Canadá y firmar un compromiso de apoyo financiero de tres años; la relación debe ser genuina y no haberse establecido con fines de inmigración.
Para patrocinar a un hijo/a dependiente, este debe tener menos de 22 años, estar soltero/a y sin pareja de hecho, o demostrar dependencia financiera continua desde antes de esa edad debido a una condición física o mental.
Para patrocinar a un padre o abuelo, el patrocinador debe demostrar un ingreso suficiente, generalmente comprobado mediante avisos de evaluación de los últimos tres años, y se compromete a cubrir las necesidades básicas de la persona patrocinada durante 20 años.
¿Por qué escoger este servicio?
El patrocinador debe tener al menos 18 años, ser ciudadano canadiense o residente permanente (o indígena registrado), residir en Canadá, no recibir asistencia social por razones distintas a una discapacidad, y demostrar capacidad financiera según la categoría de patrocinio en cuestión. La persona patrocinada debe cumplir con los criterios de admisibilidad de Canadá, incluidas las verificaciones médicas, de seguridad y de antecedentes penales.
Tres maneras de apoyarlo
